viernes, 30 de mayo de 2014

Premio Municipal de Difusión Cinematográfica año 2014

REPÚBLICA  BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CONCEJO DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR
DEL DISTRITO CAPITAL

En uso de sus atribuciones legales conferidas por la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, en su Artículo 54, Numeral 2; dicta el siguiente Acuerdo:

CONSIDERANDO


Que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su Título III, Capítulo VI, Artículo 99, relativo a los Derechos Culturales y Educativos, consagra que la cultura es un bien irrenunciable y un derecho fundamental que el Estado está en la obligación de garantizar por todos los medios posibles. Asimismo, es competencia del Municipio la promoción, difusión y estimulo de la actividad cultural, tal como lo dispone el  Artículo 178, Numeral 5, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el Artículo 56, Numeral 2, Literal e, de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.

CONSIDERANDO

Que el actual proceso Revolucionario y Bolivariano, en cumplimiento y ejecución de la Ley del Plan de la Patria Publicado en Gaceta Oficial Nº 6.118, del 4 de diciembre de 2013, tiene como eje fundamental el apoyo, fortalecimiento e impulso de la actividad cultural como uno de los instrumentos estratégicos vitales para la transformación histórica de nuestra sociedad, orientándola hacia su avance social, político y cultural de la Nación venezolana, siendo el Ilustre Concejo del Municipio Bolivariano Libertador vanguardista de las reivindicaciones sociales llevándolas a los más profundo de la cultura.








CONSIDERANDO

Que la Ley de la Cinematografía Nacional, en su Título I de las Disposiciones Generales, Artículo 18, declara de interés público y social los servicios y actividades de la difusión cultural cinematográfica, en correspondencia a ello  el Ilustre Concejo del Municipio Bolivariano Libertador, en el año 1994 creó mediante Acuerdo, el Premio Municipal de Difusión Cinematográfica, siendo pionero en la protección y promoción del hecho cultural cinematográfico.

CONSIDERANDO

Que  la  Difusión Cinematográfica es la herramienta fundamental para la promoción y fomento de la industria cinematográfica y un estimulo a la producción del cine nacional, en función de los valores culturales sociales y recreativos que en este proceso de la Revolución Bolivariana  que vive el pueblo venezolano. Siendo de una importancia relevante esta faceta del ámbito cinematográfico, en el contexto de un proceso de cambios revolucionarios y democráticos que han establecido al Cine Nacional como un vehículo importante de la transformación cultural y social de nuestro país, por lo que su difusión y fomento tienen un interés especial para el Estado venezolano.   

ACUERDA

PRIMERO: El Premio Municipal de Difusión Cinematográfica año 2014, se regirá por las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo. El presente  premio municipal, es organizado por la Comisión Permanente de Educación y Cultura del Concejo del Municipio Bolivariano  Libertador.



SEGUNDO: El Premio Municipal de Difusión Cinematográfica año 2014, esta destinado a cine-clubes, cooperativas de proyección cinematográfica y difusión de  audiovisual popular, salas de artes y ensayo, distribuidores o archivos fílmicos, instituciones nacionales o extranjeras, públicas o privadas así como a promotores o promotoras, que hayan contribuido en la difusión, distribución y promoción del séptimo arte.

TERCERO: El Premio Municipal de Difusión Cinematográfica año 2014, se otorga en las  siguientes menciones:
a)   Cine-club o cooperativas de proyección cinematográfica y difusión audiovisual popular mas destacado.
b)   Sala de arte y ensayo más destacada.
c)   Promotor o promotora más destacado o destacada en la difusión de la cultura cinematográfica.
d)   Institución nacional o extranjera, pública o privada dedicada a la promoción de la cultura cinematográfica y audiovisual más destacada.
e)   Distribuidora o archivo fílmico más destacado.

 Las personas jurídicas aspirantes al presente premio municipal, deben estar legalmente constituidas y tener mínimo cinco (5) años de actividades ininterrumpidas en el medio cinematográfico.

CUARTO: Los aspirantes al Premio en las menciones establecidos en los literales  a, b, d y e de la Disposición Cuarta, podrán ser personas jurídicas, venezolanos o extranjeros con un mínimo de cinco (5) años de residencia en el país, y consignar en la sede de la Comisión Permanente de Educación y Cultura del Concejo del Municipio Bolivariano Libertador,  los siguientes recaudos:
a)    Acta constitutiva y estatutos (persona jurídica).
b)   Programas de mano, folletos, catálogos, afiches y afines editados especialmente para la programación y distribución de las películas presentadas.
c)    Notas, comentarios y avisos de prensa, que anuncien los programas de películas realizadas. De igual forma, se podrá tomar en cuenta registros fotográficos, cinematográficos o videos de las actividades realizadas por cada centro u organización promotora de la actividad cinematográfica.
d)   Constancia de alquiler o préstamo de material fílmico otorgado por las instituciones o empresas destinadas a tal fin.
e)    Informe de cantidad proyecciones realizadas, películas exhibidas y estimaciones de público asistente, formato de los filmes exhibidos: en 16 mm en  35 mm.  En caso de utilizar el video para la difusión cultural, demostrar que no se obtienen ingresos por las exhibiciones realizadas en ese formato o presentar la autorización por escrito del respectivo productor que permita la exhibición vendiendo la boletería, todo ello con el fin de proteger los derechos de autor. En todo caso, las presentaciones audiovisuales que se realicen en video serán tomadas en cuenta como referencia y  complementariamente para el dictamen que determine el jurado.

QUINTO: Los ganadores o ganadoras de alguna de las menciones previstas en el Premio Municipal de Difusión Cinematográfica en su edición año 2013, no pueden participar en la misma mención del Premio Municipal en su edición año 2014.

SEXTO: Los aspirantes a la Mención Promotor o Promotora más destacado o destacada  de la Cultura Cinematográfica, deben consignar en la sede de la Comisión Permanente de Educación y Cultura, críticas, artículos, reseñas y comentarios en medios de comunicación los cuales podrán ser impresos o audiovisuales.

SEPTIMO: El Premio Municipal de Difusión Cinematográfica año 2014, se distribuye  de la siguiente manera:
a)   Cine-Club o Cooperativa de Proyección Cinematográfica y Difusión  Audiovisual Popular más destacada: Sesenta y Seis (66,00) Unidades Tributarias y un  pergamino de reconocimiento.
b)   Sala de Arte y Ensayo más destacada: Sesenta y Seis (66,00) Unidades Tributarias y un  pergamino de reconocimiento.
c)   Promotor o Promotora de la Difusión de la Cultura Cinematográfica más destacada: Sesenta y Seis (66,00) Unidades Tributarias y un  pergamino de reconocimiento.

d)   Instituciones Nacionales o Extranjeras, Públicas o Privadas dedicada a la promoción de la cultura cinematográfica y audiovisual más destacadas: Un pergamino de reconocimiento.
e)   Distribuidora o Archivo Fílmico: Un Pergamino de reconocimiento.

OCTAVO: El Jurado Calificador cuando lo considere podrá otorgar una (1) Mención Especial denominada: “Juventud Bicentaneria, Luchadora y Revolucionaria destacada en el ámbito de la Difusión Cinematográfica año 2014”, en el marco del año Bicentenario de conmemoración de la gesta patriótica de aquel aciago año 1814, en el que nuestra juventud heroica y rebelde como una gran muestra de entrega y coraje en los alrededores de San Mateo del Estado Aragua, asestó un golpe importante a las fuerzas de la reacción realista, cooperando de un modo ejemplar con la independencia nacional. Esta Mención estará dirigida a la juventud luchadora y revolucionaria cuya edad este comprendida entre los catorce (14) y veinte y nueve años (29) bien sea como a individualidades o grupos juveniles ya sea que hayan concursado o no en el Premio Municipal y que con un trabajo permanente desarrollado en los distintos ámbitos estudiantil, laboral, cultural, deportivo, recreativo y social, mediante una intensa actividad difunden y fomentan el Cine  Nacional  contribuyendo a la transformación social,  económica y política de nuestra patria.

NOVENO: La Mención Especial denominada “Juventud Bicentenaria,  Luchadora y Revolucionaria” destacada en el ámbito de la Difusión Cinematográfica año 2014, consistirá en la entrega de un pergamino de reconocimiento a individualidades o grupos juveniles dedicados a la Difusión del Cine Nacional.

DÉCIMO: El Jurado Calificador a su criterio puede por unanimidad  otorgar una (1)  Distinción Honorífica en cada unas de las menciones del premio.


DÉCIMO PRIMERO: El Jurado Calificador para el Premio de Difusión Cinematográfica  año 2014, esta integrado por cinco (5) personas de reconocida trayectoria designadas por el Concejo del Municipio Bolivariano Libertador, previo Informe favorable de la Comisión Permanente de Educación y Cultura. Para esta designación se tendrá en cuenta las sugerencias de las instituciones, gremios, sociedades, personalidades especializadas en el área, mediante una amplia consulta.

DÉCIMO SEGUNDO: A cada uno de los miembros del Jurado Calificador se le cancelará un pagó único de Un Mil Quinientos Bolívares (Bs. 1.500,00) por concepto de honorarios.

DÉCIMO TERCERO: El veredicto del Jurado Calificador es presentado ante el Concejo  del Municipio Bolivariano Libertador con un informe de la Comisión Permanente de Educación y Cultura para su aprobación. Así  mismo el mencionado  Jurado debe abstenerse de emitir declaraciones o anuncios sobre sus deliberaciones antes de la mencionada aprobación por parte del Cuerpo Edilicio. El veredicto será inapelable y deberá hacerse público en el mes de Julio del presente año.

DÉCIMO CUARTO: Para el caso de aquellas personas, que concursen bajo  seudónimo, en el Premio Municipal de Difusión Cinematográfica, en cualquiera de sus menciones, deben consignar ante la Comisión Permanente de Educación y Cultura, el respectivo documento o prueba suficiente que avale su correspondencia con el seudónimo adoptado. A los fines de dar cumplimiento a los tramites legales y administrativos respectivos.

DÉCIMO QUINTO: La Comisión Permanente de Educación y Cultura, dicta las normas internas que considere necesarias, de todo lo no previsto en este Acuerdo; Asimismo aportará a los miembros del Jurado Calificador los recursos para el mejor desempeño de sus funciones.

DÉCIMO SEXTO: El Premio Municipal de Difusión Cinematográfica año 2014, podrá ser declarado desierto en cualquiera de sus menciones, si así lo considerase el Jurado Calificador por mayoría de sus miembros, en 

ningún caso se dividirá el galardón de una mención, entre dos o más participantes.


DECIMO SEPTIMO: El Premio Municipal de Difusión  Cinematográfica año 2014, se entregará en Acto Especial que organizará la Comisión Permanente de Educación y  Cultura del  Concejo del Municipio Bolivariano Libertador en el mes de Julio.

DECIMO OCTAVO: Publicar el presente Acuerdo  en Gaceta Municipal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 54, Numeral 2, de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Así  como también promocionar las bases del    presente premio municipal en su edición año 2014, a través de las redes sociales así como  en la web.



Dado, firmado y sellado en el salón donde celebra sus sesiones el Concejo del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, en Caracas a los, ____ días del mes de _____________ del 2014, Año 204º de la Independencia, 155º de la Federación y 15 de la Revolución Socialista Bolivariana.


Cúmplase y Publíquese






Presidenta
Concejala CARMEN ZERPA




Secretario Municipal
Dr. JULIO LATTAN


Premio Municipal de Largometraje “Román Chalbaud


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CONCEJO DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR
DEL DISTRITO CAPITAL


En uso de sus atribuciones  conferidas por la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, en su Artículo 54,  Numeral 2; dicta el siguiente Acuerdo:

CONSIDERANDO

Que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el Título III, Capítulo VI, Artículo 99, relativo a los Derechos Culturales y Educativos, consagra que la cultura es un bien irrenunciable y un derecho fundamental que el Estado está en la obligación de garantizar por todos los medios posibles. Asimismo  es competencia del Municipio la promoción, difusión y estimulo de la actividad cultural, tal como lo dispone el Artículo 178, Numeral 5, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el Artículo 56, Numeral 2, Literal e, de la Orgánica del Poder Público Municipal.

CONSIDERANDO

Que el actual proceso Revolucionario y Bolivariano, en cumplimiento y ejecución de la ley del Plan de la Patria publicado en Gaceta Oficial Nº 6.118, del 4 de diciembre de 2013, tiene como eje fundamental el apoyo,  fortalecimiento e impulso de la actividad cultural como uno de los instrumentos estratégicos vitales para la transformación histórica de nuestra sociedad, orientándola hacia su avance social, político y cultural de la Nación venezolana, siendo el ilustre Concejo del Municipio Bolivariano Libertador vanguardista de las reivindicaciones sociales llevándolas a lo más profundo de la cultura.



CONSIDERANDO

Que la Ley de la Cinematografía Nacional, en su Título I, Artículo 18 de las Disposiciones Generales, señala que se declara de interés público y social los servicios y actividades de la difusión cultural  cinematográfica.

CONSIDERANDO

Que por resolución de la extinta Gobernación del Distrito Federal en el año 1976, según Gaceta Municipal Extraordinaria Nº 14928, del 06 de mayo de 1976, se creó el Premio Municipal de Largometraje denominado actualmente Premio Municipal de Largometraje “Román Chalbaud” mediante Acuerdo sancionado por el Concejo del Municipio Bolivariano Libertador, en fecha 05 de Junio del año 2010, publicado en Gaceta Municipal Nº 3278-7 como reconocimiento y homenaje a este destacado cineasta venezolano que durante cinco (5) décadas, ha contribuido de manera significativa al desarrollo y vigencia de las artes cinematográficas en nuestro país.

ACUERDA

PRIMERO: El Premio Municipal de Largometraje “Román Chalbaud”  año 2014, se regirá por las disposiciones contenidas en el presente Acuerdo. Asignar la dirección y organización del presente premio municipal, a la Comisión Permanente de Educación y Cultura del Concejo del Municipio Bolivariano Libertador.

SEGUNDO: El Premio Municipal de Largometraje “Román Chalbaud”  año  2014, esta destinado a estimular y reconocer a cineastas y personal técnico venezolano, así como a extranjeros con un mínimo de cinco (5) años de residencia en el país, que realicen actividades cinematográficas de calidad artística, contribuyendo con tan eficaz medio al desarrollo y difusión de los valores que promuevan la integración social y cultural de la Nación venezolana.






TERCERO: El Premio Municipal de Largometraje “Román Chalbaud” año 2014, se otorga a la Mejor Película Nacional en formato de largometraje producida en el país y exhibida entre el 1 de abril del año  2013 al  31 de marzo del año  2014.

CUARTO: Para los efectos del concurso se entiende por Largometraje toda  película con una duración de proyección no menor de una (1) hora. Las películas deben ser realizadas en 35 mm., pudiendo ser a blanco y negro o a color.
QUINTO: Para los efectos del presente Acuerdo relativo al Premio Municipal de Largometraje “Román Chalbaud” año 2014, se entiende por película nacional, aquella que  reúna las siguientes condiciones:
a)    El aporte de capital nacional de la persona natural o jurídica productora, no podrá ser inferior al cincuenta y uno por ciento (51%) del total del costo de la producción.
b)   La empresa productora debe pertenecer a venezolanas o venezolanos, así como a extranjeras o extranjeros domiciliados en el país.
c)    No menos del setenta y cinco por ciento (75%) del personal técnico y artístico empleado en la realización del filme deberá estar integrado por venezolanas  o venezolanos.
d)   No menos del setenta por ciento (70%) del rodaje debe realizarse en el país, a excepción de las películas documentales que pueden ser filmadas en su totalidad fuera del país, sin modificar su origen.
e)    La versión original debe ser en idioma castellano.
      
SEXTO: El Premio Municipal de Largometraje “Román Chalbaud” año 2014, se entrega en las siguientes menciones:
a)    Mejor Película.
b)   Mejor Película Documental.
c)    Mejor Película de Animación
d)   Mejor Dirección.
e)    Mejor Dirección de Arte.
f)     Mejor Guión.
g)    Mejor Montaje.
h)   Mejor Música Original.
i)     Mejor Banda Sonora.
j)     Mejor Fotografía.
k)    Mejor Actriz.
l)     Mejor Actor.
m)  Mejor Actor de Reparto.
n)   Mejor Actriz de Reparto.

SEPTMO: El Premio Municipal de Largometraje  “Román Chalbaud” año  2014, esta  distribuido de la siguiente manera:
a)    Mejor Película: Ochenta y Cuatro con Cincuenta (84,50) Unidades Tributarias y un pergamino.
b)    Mejor Película Documental: Ochenta y Cuatro con Cincuenta (84,50) Unidades Tributarias y un pergamino.
c)     Mejor Película de Animación: Ochenta y Cuatro con Cincuenta (84,50) Unidades Tributarias   y un pergamino.
d)    Mejor Dirección: Setenta y Siete con Cincuenta (77,50) Unidades Tributarias y un pergamino.
e)    Mejor Dirección de Arte: Setenta y Siete con Cincuenta (77,50) Unidades Tributarias y un pergamino.
f)     Mejor Guión: Cincuenta y Ocho con Cincuenta (58,50) Unidades Tributarias y un pergamino.
g)    Mejor Montaje: Cincuenta y Ocho con Cincuenta (58,50) Unidades Tributarias y un pergamino.
h)    Mejor Música Original: Cincuenta y Ocho con Cincuenta (58,50) Unidades Tributarias y un pergamino.
i)      Mejor Banda Sonora: Cincuenta y Ocho con Cincuenta (58,50) Unidades Tributarias y un pergamino.
j)     Mejor Fotografía: Cincuenta y Ocho con Cincuenta (58,50) Unidades Tributarias y un pergamino.
k)    Mejor Actriz: Sesenta y Uno con Cincuenta (61,50) Unidades Tributarias y un pergamino.
l)      Mejor Actor: Sesenta y Uno con Cincuenta (61,50) Unidades Tributarias y un pergamino.
m)  Mejor Actor de Reparto: Cincuenta y Cuatro con Cincuenta (54,50) Unidades Tributarias y un pergamino.
n)    Mejor Actriz de Reparto: Cincuenta y Cuatro con Cincuenta (54,50) Unidades Tributarias y un pergamino.

OCTAVO: El Jurado Calificador cuando lo considere podrá otorgar una (1) Mención Especial denominada: “Juventud Bicentenaria,  Luchadora y Revolucionaria destacada en el ámbito de la Cinematografía Nacional en Largometraje”, en el marco del año Bicentenario de la conmemoración de la gesta patriótica de aquel aciago año 1814 en el que nuestra juventud heroica y rebelde, con una gran muestra de entrega y coraje en los alrededores de San Mateo del estado Aragua, asestó un golpe importante a las fuerzas de la reacción realista, cooperando de un modo ejemplar con la independencia nacional. Esta mención esta dirigida a la juventud luchadora y revolucionaria cuya edad este comprendida entre los catorce (14) y veintinueve (29), bien sea como individualidad o grupo juvenil, con un trabajo Cinematográfico permanente en los distintos ámbitos estudiantil, laboral, cultural, deportivo, recreativo y social, y que con una intensa y permanente actividad propician en ellos,  revolucionarias e innovadoras ideas vinculadas al desarrollo  y fomento de la cinematografía específicamente lo relativo a largometrajes y que así mismo   hayan  fomentado una participación protagónica de los jóvenes en el campo de la cinematografía nacional contribuyendo a la  transformación social, económica y política de nuestra Patria.

NOVENO: La Mención Especial denominada “Juventud Bicentenaria,  Luchadora y Revolucionaria” destacada en el ámbito de la Cinematografía Nacional en Largometrajes año 2014, consistirá en la entrega de un pergamino de reconocimiento a individualidades o grupos juveniles dedicados a la Cinematografía Nacional en el genero  del largometraje.





DÉCIMO: El Jurado Calificador a su criterio puede por unanimidad  otorgar una (1) Distinción Honorífica en cada una de las menciones del premio.

DÉCIMO PRIMERO: Las películas a concursar deberán ser exhibidas en salas de cines nacionales, comerciales, privadas o en espacios públicos conforme a la disposición cuarta.

DÉCIMO SEGUNDO: El Jurado Calificador del Premio Municipal de Largometraje “Román Chalbaud” año 2014, estará integrado por cinco (5) personas de reconocida trayectoria, designadas por el Concejo del Municipio Bolivariano Libertador, previo informe favorable de la Comisión Permanente de Educación y Cultura. Para esta designación se tendrá en cuenta  las sugerencias de las instituciones, gremios, sociedades y personalidades especializadas en el área cinematográfica, mediante una amplia consulta.

DÉCIMO TERCERO: A cada uno de los miembros del Jurado Calificador se le cancela un pagó único de Un Mil Quinientos Bolívares (Bs. 1.500,00) por honorarios profesionales.

DÉCIMO CUARTO: El veredicto del Jurado Calificador es presentado ante el Concejo  del Municipio Bolivariano Libertador con un informe de la Comisión Permanente de Educación y Cultura para su aprobación. Así  mismo el mencionado  Jurado debe abstenerse de emitir declaraciones o anuncios sobre sus deliberaciones antes de la mencionada aprobación por parte del Cuerpo Edilicio. El veredicto será inapelable y deberá hacerse público en el mes de Junio del presente año

DECIMO QUINTO: Para el caso de aquellas personas, que concursen bajo seudónimo, en el Premio Municipal de Largometraje “Román Chalbaud” año 2014, en cualquiera de sus menciones, deben consignar ante la Comisión Permanente de Educación y Cultura, el respectivo documento o prueba suficiente que avale su correspondencia con el seudónimo adoptado. A los fines de dar cumplimiento a los tramites legales y administrativos respectivos.

DÉCIMO SEXTO: La Comisión Permanente de Educación y Cultura dicta las normas internas que considere necesarias, para todo lo no previsto en este Acuerdo; así mismo aportará a los miembros del Jurado Calificador los recursos para el mejor desempeño de sus funciones.

DECIMO SEPTIMO: El Premio Municipal de Largometraje “Román Chalbaud” año 2014, podrá ser declarado desierto en cualquiera de sus menciones, si así lo considera el Jurado Calificador por mayoría de sus miembros, en ningún caso se dividirá el galardón de una mención entre dos o más obras.

DECIMO OCTAVO: El Premio Municipal de Largometraje “Román Chalbaud” año 2014, se entregará en Acto Especial que organizará la Comisión Permanente de Educación y Cultura del Concejo del Municipio Bolivariano Libertador en el mes de Junio.

DECIMO NOVENO: Publicar el presente Acuerdo  en Gaceta Municipal, de conformidad con lo establecido en el Artículo 54, Numeral 2, de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Así  como también promocionar las bases del    presente premio municipal en su edición año 2014, a través de las redes sociales así como  en la web.

Dado, firmado y sellado en el salón donde celebra sus sesiones el Concejo del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital, en Caracas a los, ____ días
del mes de _____________del 2014, Año 204º de la Independencia, 155º de la Federación y 15 de la Revolución Socialista Bolivariana.

Cúmplase y Publíquese


Presidenta
Concejala CARMEN ZERPA
Secretario Municipal
Dr. JULIO LATTAN



El Municipio Libertador apoya a los productores endógenos

El Municipio Libertador apoya a los productores endógenos
Caracas, cuna de simón Bolívar y Reyna del Warairarepano

PrensaConcejoMBL. 30 de mayo de 2014. Raul Paez

La Concejala Carmen Centeno Zerpa, Presidenta de la Comisión Permanente  de Economía y Desarrollo Endógeno, fue la encargada de inaugurar el foro circuital “Desarrollo Endógeno Impulso del Modelo Productivo Socialista”, en vista al reimpulso  del modelo agrícola en las veinte y tres parroquias que  integran el Concejo Municipal Bolivariano Libertador.

Por su parte, la edil expuso al respecto que “Hoy en día tenemos que retomar con fuerza la productividad al igual que el Presidente Nicolás Maduro lo está haciendo, ya que nos vemos amenazados permanentemente  por la derecha que ha venido escondiendo, acaparando los alimentos del pueblo y todos los productos de la secta básica, nuestro deber es impulsar el modelo de producción socialista y chavista.”

Zerpa, informó que este foro quieren llevarlo por toda Caracas, para concientizar a toda la población y a través de nuestro Gobierno, como también a las empresas de producción social que son impulsadas y son financiadas por el gobierno nacional.

La concejal,  dijo que  “Caracas le está  dando un ejemplo apoyo a todos nuestros productores, a los campesinos, a las empresas de producción social, porque es importante mantener  al pueblo informado sobre la producción, sobre los encuentros de desarrollo endógeno,  todos estos talleres o herramientas que son necesario para ser utilizada para mantener a la comunidad informada”.
Con el apoyo de la Fundación CIARA, la cámara municipal y todos los entes públicos le están dando las herramientas para que los productores  puedan elevar  su sistema de producción de esta manera  vencer la guerra alimentaria.

GOLPE DE ESTADO

Carmen Zerpa hizo un llamado al pueblo para que “mantengamos la unidad y firmes ante este nuevo intento de golpe de estado, donde dejaron en evidencia quienes son los conspiradores desde el exterior para derrocar al nuestro Presidente Nicolás Maduro, por supuesto estamos esperando la decisión de la fiscalía y exigimos justicia, no pueden quedar impune todos estos actos terroristas cometidos en el país” acotó.


Propondrán a la AN una Ley que obligue a tabacaleras costear tratamientos a pacientes con cáncer

Propondrán  a la AN una Ley que obligue  a tabacaleras costear tratamientos  a pacientes con cáncer por tabaquismo

El concejal Armando Graterol presidente de la comisión de Salud del municipio  Bolivariano Libertador anunció la elaboración de una ordenanza que sensibilice  a las empresas tabacaleras  a contribuir con costos de tratamientos a pacientes con cáncer por consumo de tabaco y a equipar a centros de salud como el algodonar, ya que las medicinas para combatir este mal son muy costosas. La propuesta también será elevada  a la Asamblea Nacional.

Según el edil Graterol, quien también es médico, la ordenanza que será presentada en los próximos días contempla la actualización permanente de los datos estadísticos sobre el consumo de tabaco y sus derivados en el municipio Libertador.

El anuncio fue realizado por el concejal Graterol, en la Plaza Miranda de Caracas, donde se llevó  a cabo una jornada de cedulación, actividades ciclísticas, culturales y de vacunación con motivo de celebrarse es este sábado 31 de mayo el Día Internacional de no fumar.

Precisó que el tabaquismo es un gran problema de salud mundial, por lo que invitó  a los ciudadanos a alejarse de  este vicio, evitar el alto consumo de carbohidratos y a llevar una vida sana.

El alto consumo de tabaco puede desarrollar en el paciente arterosclerosis, pérdida de erección, enfermedades neurodegenerativas y enfisema pulmonar entre otros males, dijo el concejal Graterol.

martes, 27 de mayo de 2014

El Concejo Libertador repudia las declaraciones dada por El Diputado Julio Borges

El Concejo Libertador repudia las declaraciones dada por El Diputado Julio Borges
Caracas, cuna de Simón Bolívar y Reyna del Warairarepano
PrensaConcejoMBL. 27 de mayo de 2014. Raul Paez

El Concejal Nahúm Fernández,  informó en rueda de prensa  el repudio de los miembros del Concejo Municipal Bolivariano Libertador al Diputado Julio Borges, el mismo expuso “a un mes de la partida nuestro compatriota  y Concejal Eliezer Otaiza, en esta sesión ordinaria de se  aprobó una moción para repudiar las declaraciones del Diputado de Primero Justicia Julio Borges, quién además de manera bien confusa y bien cínica intenta desviar las investigaciones que hasta hora llevan los cuerpos de investigaciones correspondientes que llevan este caso.

Fernández expresó, que “se está haciendo un acuerdo para aprobarlo y luego presentarlo antes el organismo competente, debido que creemos que la participación de este Diputado dando este tipo de declaraciones, que además representa una estupidez o tontería, donde se debería de investigar respecto a este caso, porque viene dando opiniones y aseverando condiciones, que son propia de una investigación que se está dando y ya lleva un  mes en proceso, este Diputado además dice y se justifica el hecho de que algunos detenidos tenían una edad promedio de Dos a Tres años, cuando llego la revolución nosotros tenemos que recordarle a este Diputado estúpido y falto de inteligencia superior, que el Alcalde del Municipio Baruta siempre ha sido  de la oposición, nosotros no sabemos cuál es ese esquema  de seguridad que ellos tanto discuten o intentan imponer ante el gobierno nacional, nosotros creemos que el ejemplo esta allí”.

Por su parte, el edil dijo “sabemos  y lo anunciamos, que Otaiza fue torturado y fue asesinado brutalmente con prácticas paramilitares,  en ese mismo eje se consigue la hacienda Daktari, donde se consiguieron más de ciento cuarenta paramilitares, las condiciones en la cual asesinan a  nuestro compañero”.

Fernández, “si Borges tiene mucha información  de este caso, primero queremos saber cuáles son sus fuentes y segundo que se coloque como testigo ante el caso y se ponga a derecho, para que también lo investiguen, porque no entendemos cual es la preocupación de este Diputado en vincular a la revolución con este hecho, además nosotros sabemos que hay sectores especifico de la derecha que están ligados al narcotráfico y al paramilitarismo y resulta que bajo este esquema han asesinados a varios dirigentes a nivel nacional.  Hacemos responsables a estas personas que vienen sembrando el odio en la población, que cuando vean a un Chavista entonces lo agredan, ellos tienen responsabilidad en todos estos hechos”.



lunes, 26 de mayo de 2014

Entregaron premios del sexto concurso del poder popular a consejos comunales en Libertador

Entregaron premios del sexto concurso del poder popular a consejos comunales en Libertador

“Caracas, cuna del Libertador Simón Bolívar  y Reina del Waraira Repano”
A.R CMBL.26-05-2014. 

Representantes de los consejos comunales Hacienda La Veguita de la parroquia Macarao, Heroína de Gamboa de la parroquia San Bernandino y el comité de salud Italo Sardi de la parroquia Sucre del municipio Libertador recibieron premios entre seis y ocho mil bolívares al primer, segundo y tercer lugar respectivamente por haber participado en el sexto concurso del poder popular  convocado por  la comisión Participación Ciudadana y Desarrollo Humano presidida por la concejal Yuset Brito.

Brito felicitó  a los 15 participantes del evento e invitó a los consejos comunales a inscribirse a partir del mes de  septiembre en el próximo concurso, así mismo anunció la modificación de la ordenanza en cuanto  a la  selección de los participantes y los incentivos económicos que a su juicio deben aumentarse, previa consulta con el poder popular. Añadió que la idea de este tipo de concursos es impulsar los niveles organizativos del poder popular en todas sus instancias para socializar los procesos comunitarios.

Hablan los ganadores del concurso

Carolina Ávila representante del consejo comunal Hacienda La Veguita, carretera vieja Caracas-Los Teques en la parroquia Macarao, dijo que la empresa de comunal textil está enmarcada dentro de la misión saber y trabajo, tiene una capacidad instalada para 90 personas y beneficia  a 50 personas de forma indirecta. Las maquinarias fueron suministradas  a través del Ministerio  de las Comunas y del Fondemi.
Agregó que la empresa  hace uniformes y morrales  escolares para   el Gobierno del Distrito Capital a través  de la banca colectiva.

Verónica Colmenares vocera del consejo comunal Heroína de Gamboa de la parroquia San Bernandino  obtuvo el segundo lugar al presentar el proyecto de una camineria que cuenta con el servicio de agua potable y alumbrado público, además de  beneficiar de forma directa a  180 vecinos que trabajaron arduamente en la obra. La camineria por la que transitan 700 personas diariamente fue  ejecutada en un mes. El sesenta por ciento de los recursos sobrantes se usaron en la reparación de  la casa de una vecina de la tercera edad que no tenía baño. Esta acción fue aprobada mediante una asamblea.